El gobierno
de la provincia de Buenos Aires firmó el decreto que regirá por seis meses e
incluye eximiciones y prórrogas de impuestos y obligaciones con el Banco
Provincia para los productores afectados.
A través de
un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, la gobernadora María Eugenia
Vidal declaró el estado de "emergencia y/o desastre agropecuario"
para las explotaciones rurales afectadas por inundaciones de los partidos
de
General Arenales, Lincoln y circunscripciones V, XI, XII y XIII del partido de
Junín.
Así, gozarán
de los beneficios respecto del pago del impuesto Inmobiliario Rural,
correspondiente al inmueble destinado a la actividad agropecuaria previstos en
el artículo 10 de la Ley 10.390, en el porcentaje de la afectación de su
producción o capacidad de producción.
Los
beneficios –que incluyen eximiciones y prórrogas de impuestos y obligaciones
con el Banco Provincia para los productores afectados- regirán por seis meses,
entre el 1 de enero y el 30 de junio de este año.
En el
decreto se detalla que los productores rurales cuyas explotaciones se
encuentren en esos partidos "deberán presentar sus declaraciones juradas
en un período máximo de diez días", a partir de hoy.
Así, gozarán
de los beneficios respecto del pago del impuesto Inmobiliario Rural,
correspondiente al inmueble destinado a la actividad agropecuaria previstos en
el artículo 10 de la Ley 10.390, en el porcentaje de la afectación de su
producción o capacidad de producción.
La medida
"se fundamenta en la crítica situación por la que atraviesan numerosas
explotaciones rurales de los partidos de la provincia de Buenos Aires, con
motivo de fenómenos naturales adversos de carácter extraordinario" ya que
"los fenómenos climáticos, por sus características y magnitud, afectan
específicamente a los productores que desarrollan como actividad principal la
explotación agropecuaria".
"Dichas
situaciones han sido evaluadas oportunamente por el servicio técnico específico
del Ministerio de Agroindustria, mediante información meteorológica
(estadística y satelital), informantes calificados, chequeo a campo e imágenes
satelitales y dictaminado por las comisiones locales de Emergencia Agropecuaria
sobre la magnitud de los perjuicios sufridos en la producción o capacidad de
producción por los titulares de las explotaciones que pretenden acogerse a los
beneficios de la Emergencia o Desastre Agropecuario", agrega el decreto.