Con fecha, 10
del cte., mes y año, a las 01:00 horas, aproximadamente, se toma conocimiento
al abonado 101 teléfono de emergencias de este elemento policial, que un vecino
el cual se domicilia en Barrio Carlos Arroyo casa N° 62 de esta ciudad,
identificado como Cossi, Ricardo Fernando, de 70 años de
edad, había sido víctima de un hecho, en
circunstancias en las que se encontraba en su domicilio, se apersona el
ciudadano Elio Ismael Molina, de 18
años de edad, quien le pide que le
entregara dinero, increpándolo y
agrediéndolo físicamente, a golpes de puño y patadas, por tal motivo fue
internado en el Hospital local, conmocionado por lo vivido, no podía
manifestarse ante el personal policial.
Examinado
por el Médico de Guardia en el citado nosocomio, dictamina que presenta
múltiples excoriaciones en el rostro, en ambos miembros, con dolor lumbalgico,
y dolor en parrilla costal, constatándose momentos más tarde que posee fractura
de los huesos de la nariz, Lesiones de Carácter
Graves.
A
consecuencia de iniciaron de oficio policial actuaciones caratuladas Tentativa de Robo, las cuales una vez
recepcionada la denuncia al ciudadano Cossi,
Ricardo, en sede del Hospital Local, manifestó recordar que Molina le había robado $ 3000, por tal
motivo se recaratula el hecho por el delito de Robo, tomando intervención de la Unidad Funcional de Instrucción N°
2 a cargo del Dr. Leandro Cortelezzi,
del Departamento Judicial de Trenque Lauquen.
Surgiendo de
averiguaciones practicadas, la recolección de testimonios y pruebas por parte
del Personal de Gabinete Preventivo, y Personal DDI Trenque Lauquen, con el fin
de poder tramitar el pedido de Detención de Molina, debido a
los frondosos antecedentes que posee, dicho trámite gestionado por el DR.
Grazziano Roberto, a cargo de la Ayudantía de Fiscal de Carlos Casares, quien
en permanente supervisión y tramitación del caso, ante la UFI N° 2, se logra
que momentos más tarde el Juzgado de Garantías N° 1 a cargo de la Dra. Anastasia Marques, libre dicha Detención, la cual es efectivizada en
la vía pública, por el personal del Tercio en Turno de este elemento, a las
órdenes del Sr. Jefe de Dependencia, quedando Molina Elio Ismael alojado en esta Dependencia. Cumpliendo a
posteriori Orden de Allanamiento para el domicilio del imputado, en calle
Lisandro de la Torre N° 173 de esta ciudad que arrojo resultado negativo.
Se procedió
al secuestro de sus prendas de vestir, por ser las mismas que describe el
denunciante de autos, sirviendo como prueba del hecho que se investiga. - Disponiendo el Sr. Agente Fiscal en Turno, el
traslado del Detenido Molina Elio Ismael
a sede de dicha fiscalía donde se le recepcionará Declaración Indagatoria tenor
art. 308 C.P.P., y se resolverá su situación procesal.