Las medidas se publicaron este martes en el Boletín Oficial. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de una serie de productos.
A través de la disposición
6765/2019, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, el organismo
prohibió la venta del siguiente artículo: "Aceite de oliva Premium, marca
Olivares del Norte, RPPA N° 02-525904, elaborado y fraccionado por Sineto SRL,
Mármol N° 45, Lanús, pcia. de Buenos Aires, RPE N° 836.568C2009″.
"El producto se halla en
infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del
Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155 del Código Alimentario
Argentino (CAA) por carecer de autorización de producto y de establecimiento,
estar falsamente rotulado al consignar un RPE inexistente y un RNPA
perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia ilegal",
explicó la ANMAT en los considerandos de la medida.
Y agregó: "Por tratarse de
productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como
producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no
podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni
expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el
Artículo 9° de la Ley 18284".
En tanto, a través de la disposición
6768/2019 se prohibió la comercialización de "todos los lotes de todos los
productos de marca Baigrin en cuyos rótulos se indique que el producto es
fabricado y distribuido por Tresher, sin datos de RNE ni de RNPUD".
La medida se adoptó tras detectar
que los productos se vendían "sin registro, en infracción a lo establecido
en los artículos 1° de las Resoluciones ex MS y AS N° 708/98 y 709/98, a través
de las cuales se establece la creación de los registros de establecimientos y
de productos de uso doméstico, respectivamente".
Por otra parte, la disposición
6769/2019 prohibió "el uso, comercialización y distribución en todo el
territorio nacional de cualquier lote del producto 'Keytruda, Pembrolizumab 100
mg/4 ml, solución para infusión por 1 vial con 4 ml de solución inyectable',
que presente las siguientes características: Envase secundario sin etiqueta de
trazabilidad, precinto de seguridad violado, y envase primario (vial) con tapa
azul con la inscripción 'FLIP-OFF' en relieve".
La decisión se adoptó "a fin de
proteger a eventuales adquirentes y usuarios del medicamento involucrado y toda
vez que se trata de un medicamento falsificado, del que se desconoce su
contenido, las condiciones de almacenamiento y conservación".
Por último, mediante la disposición
6771/2019 se prohibió "el uso, la comercialización y la distribución en
todo el territorio nacional, hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro
de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración, de
todas las medidas del producto médico rotulado como 'FILES K/Ref. 063 CCCord/
stainless /UNITED DENTAL, U.S.A'".