Sarquis pone reglas para fumigar


El Ministerio de Agroindustria presentó una serie de restricciones para la utilización de agroquímicos. La ley aún descansa en comisión. El lobby de empresarios y productores.


A pesar de los intentos, la Provincia aún no tiene una nueva ley propia que regule la aplicación de fitosanitarios en campos de su superficie. Hasta tanto, continúa vigente el decreto 499/91, que reglamentó la ley 10.699, sancionada en 1988. Por ello, dos décadas más tarde, el Ministerio de Agroindustria, que conduce Leonardo Sarquís, puso manos a la obra para avanzar en un marco normativo que arroje un poco de claridad sobre el asunto, a la hora de fumigar las plantaciones del territorio bonaerense.
A través de una resolución, el ministro ordenó los usos y límites de la fumigación en las llamadas Zonas de Amortiguamiento (ZA), es decir, las superficies adyacentes a determinadas áreas de protección que, por su naturaleza y ubicación, requieren de un tratamiento especial para garantizar su conservación.
En este sentido, el ministerio determinó que las ZA estarán comprendidas por “los lotes contiguos al área urbana, zona residencial extraurbana, área de población dispersa, márgenes de cursos o cuerpos de agua, zonas de bombeo, establecimientos educativos, áreas de esparcimiento y reservas naturales”.
Allí, los productores agropecuarios y aplicadores podrán hacer uso de fitosanitarios, pero con ciertas restricciones.
En primer lugar se deberá considerar el nivel de toxicidad y la tensión de vapor del producto a utilizar. No es lo mismo aplicar un herbicida (como el glifosato) que un insecticida de baja intensidad.
En segundo término se tendrá en cuenta la regulación del equipo aplicador (velocidad de avance, presión y caudal de trabajo, tamaño de gota, altura de los picos pulverizadores y tipo de boquilla).
Por último deberán atenderse las condiciones meteorológicas, antes y durante la aplicación. Por ejemplo: la temperatura, humedad relativa, velocidad y dirección del viento. Eso sí, cuando se fumigue en cercanías de un establecimiento educativo deberá hacerse fuera del horario escolar.
 “Hasta que la Legislatura apruebe la ley provincial se pone en vigencia esta resolución, a la que podrán adherir los municipios”, aclararon desde Agroindustria a La Tecla.
¿Pero qué pasó con la ley? En 2017, el Senado aprobó sobre tablas un proyecto del entonces legislador massista Alfonso Coll Areco, pero cuando llegó a la Cámara Baja quedó en stand by. Es que distintas asociaciones ambientalistas cuestionaron la iniciativa porque consideraban que achicaba drásticamente, respecto de numerosas ordenanzas municipales que rigen en la actualidad, los metros de distancia con relación a una población para poder realizar las aplicaciones.
Ahora, la comisión de Asuntos Agrarios trabaja sobre otro proyecto, elaborado por el diputado Oscar Sánchez y su equipo, que buscará llegar al recinto con el total consenso de los bloques.
“Como todavía no tenemos la ley terminada tratamos de aggionarnos en una normativa que abarque tanto a la Provincia como a la Nación. Nación ya sacó un manual de buenas prácticas y, a partir de eso, el ministerio sacó la resolución en la Provincia”, aseguró a La Tecla el diputado Sánchez. En este marco indicó que la resolución del ministerio pone “un pequeño marco de lo que va a ser la ley final. Cuando salga la ley, va a poner un mínimo. De ahí para arriba, cada municipio va a poder regular como le plazca, porque, obviamente, la Ley Orgánica se lo permite”.
Actualmente, cada distrito tiene una legislación propia y, por ende, diferente. De los 135 partidos de la Provincia, 128 se dedican a la actividad agroindustrial, de los cuales 46 tienen distintas ordenanzas aprobadas y 14 cuentan con proyectos en gateras.
Pero, más allá de esto, lo cierto es que el lobby de aplicadores, productores y grandes empresas que producen fitosanitarios está a la orden del día. Y no tiene que pasar inadvertido el hecho de que varios legisladores, también, son productores agropecuarios.