Hasta
hoy, están obligados a trabajar con al menos una tarjeta, en transacciones de
más de $10. Por decreto, el Gobierno también amplió el uso de medios de pago
electrónico.
Así surge
del decreto 933/2018,
publicado este miércoles en el Boletín Oficial. El texto
modifica otro decreto, el 858/2016, que reglamentó la ley 27.253. Esta norma
regula los medios de pago electrónicos. 
Desde este
jueves, el dispositivo empleado para capturar la transacción (POS, MPOS, PIN
PAD o cualquier otro) debe admitir "el cobro mediante todas las tarjetas
de débito de las redes a las que estén adheridas más de una entidad financiera
autorizada para operar en el país", dispone la norma.
"La
normativa estableció que todas las terminales deben aceptar el pago de todas
las tarjetas de débito, independientemente del operador al que
pertenezcan", explicó la Administración Federal de Ingresos Públicos
(AFIP) en un comunicado.

Además, la
norma establece que, a partir de enero de 2020, los comercios podrán aceptar
como "medio de pago equivalente" a cualquiera que opere mediante
códigos de respuesta rápida o QR, de acuerdo a los estándares del Banco
Central. "Los contribuyentes que acepten pagos a través de la utilización
de los mencionados códigos (QR) no estarán obligados a aceptar, de manera
adicional, los otros medios de pago dispuestos en el citado artículo",
dispone el decreto.
El jueves
pasado, en diálogo con TN.com.ar y otros medios, el titular de la AFIP, Leandro
Cuccioli, había adelantado que el organismo trabajaba en una norma para
extender medios de pago electrónico, con la premisa de que los comercios deban
aceptar al menos tres tarjetas emitidas por operadores masivos.
"El
camino para luchar contra la evasión es formalizar las transacciones. Este es
un paso en esa dirección”, dijo Cuccioli en un comunicado este miércoles.