Los electores que no votaron en los últimos
comicios legislativos del 27 de octubre deben justificar la no emisión de su
voto dentro de los sesenta días
La Secretaría Electoral del juzgado federal, a
cargo de María Servini de Cubría, precisó mediante un comunicado que en la
Capital Federal los electores deben concurrir a Tucumán 1320, de lunes a
viernes de 7:30 a 16:30, hasta el 15 noviembre.
A partir del 18 del mismo mes el horario será
hasta las 13:30.
Los electores de otros distritos podrán
realizar el trámite en la Secretaría Electoral de la provincia correspondiente
o en la Cámara Nacional Electoral, sita en Leandro N. Alem 235, de esta Ciudad.
La misma advertencia realizó la Cámara
Electoral al día siguiente del comicio, ocasión en la que difundió un
instructivo en el que recuerda que este año se creó el “Registro de infractores
al deber de votar”, en el cual figuran los electores mayores de 18 años y
menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la omisión.
El ciudadano "que no pudo votar por no
figurar en el padrón deberá hacer el reclamo ante la Justicia Electoral a fin
de ser incluido en el padrón para las próximas elecciones".
Si por alguna razón requiriera certificar esa
circunstancia deberá dirigirse a la Justicia Electoral.
En el caso de que no hubiese tenido el
Documento Nacional de Identidad "deberá presentarse ante la Justicia
Electoral hasta 60 días después con la constancia de DNI en trámite o la
denuncia policial de extravío (de fecha anterior a la elección) a fin de
justificar la no emisión del voto".
Quienes se encontraban a más de 500 kilómetros
de distancia de su lugar de votación deberán presentar la "certificación
escrita que acredite la comparecencia" ante la autoridad policial del
lugar; en tanto lo que hubiesen estado enfermos deberán presentar el
certificado firmado "por médicos del servicio de sanidad nacional; en su
defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de
éstos por médicos particulares".
"Si el elector votó pero olvidó retirar
la constancia y, eventualmente, aparece en el registro de infractores al deber
de votar, deberá presentarse ante la Justicia Electoral a fin de que se
verifique la existencia de su firma en el padrón y así ser suprimido del
mencionado registro", se señaló en el instructivo.
También se explicó que "si el elector
concurrió a votar pero le entregaron un troquel que corresponde a otra persona
puede efectuar el reclamo en el sitio www.electoral.gob.ar o acercarse a la
Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio o a la Cámara Nacional
Electoral, con su documento (DNI-LE-LC) y el troquel que posea".
Fuente Télam