Será para cancelar obligaciones impositivas y previsionales. Regirá desde el 15 de este mes al 31 de agosto
A través de
una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la reglamentación para el nuevo régimen
de facilidades de pago, al que los contribuyentes podrán sumarse desde el 15 de
este mes. Abarca deudas impositivas y de la Seguridad Social vencidas al 31 de
enero de 2019.
El nuevo
plan otorga la posibilidad de regularizar períodos impagos por obligaciones
impositivas y previsionales, e incluye retenciones y percepciones impositivas.
Las micro, pequeñas y medianas empresas (inscriptas en el Registro de empresas
MiPyMES), monotributistas y autónomos tendrán una tasa máxima del 2,5% mensual
y un pago a cuenta de solo el 1% de la deuda.
Las micro,
pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos tendrán una tasa
máxima del 2,5% mensual y un pago a cuenta de solo el 1% de la deuda
"La
tasa máxima del 2,5% mensual también rige para el resto de los contribuyentes
que realicen un pago inicial a cuenta del 20% de su deuda; en tanto, aquellos
que opten por un pago a cuenta del 5 o del 10% no gozarán de este
beneficio", detalló la AFIP a través de un comunicado.
La primera
cuota del plan de facilidades vencerá el próximo 16 de septiembre de 2019,
cualquiera sea la fecha de ingreso al plan.
Con todo, el
plan tendrá una cantidad máxima de 60 cuotas, mientras que el monto mínimo del
pago a cuenta y de la cuota mensual será de $1.000. Esta cantidad de cuotas
regirá para las MiPyMEs y también para el resto de los contribuyentes que
realicen el pago a cuenta del 20%; en cambio, podrá ser de hasta 36 cuotas para
aquellos que aporten un pago a cuenta del 5% y de hasta 48 para quienes opten
por el 10%.
Para las
cuotas de los contribuyentes que no son MiPyMEs —y para aquellos más grandes
que no hayan hecho el pago a cuenta del 20%— se tomará como base la tasa de
interés TM20, que es un promedio del interés que pagan los bancos por los
depósitos a plazo fijo superiores a los $20 millones.
Los
contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de este mes y el 31 de
agosto de este año
El cálculo
de la tasa se determinará cada tres meses, en base a su valor vigente el día 20
del mes anterior a cada trimestre. Como ejemplo, la tasa del trimestre
octubre-diciembre de este año se fijará con el valor del 20 de septiembre.
Los
contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de este mes y el 31 de
agosto de este año, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20%; en
este caso, el plan solo estará disponible hasta el 25 de junio próximo.
¿Qué tipo de
deudas se pueden incluir en el régimen? Impositivas y previsionales (incluidas
retenciones y percepciones impositivas) correspondientes a contribuyentes que
registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (inscriptas en el
Registro de Empresas MiPyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo). También,
para estas deudas de aquellos contribuyentes que no registren la condición de
MiPyMEs. Y, además, obligaciones correspondientes al Régimen Simplificado para
Pequeños Contribuyentes (monotributo) y al Régimen de Trabajadores Autónomos.
"La
cancelación mediante los planes de facilidades de este régimen no implica
reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las
sanciones pertinentes", advirtieron desde el organismo.
La
cancelación mediante los planes de facilidades de este régimen no implica
reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las
sanciones
Este régimen
admitirá también, a partir del 1º de junio, la refinanciación de las deudas
incluidas del plan Puente II, vencido el 31 de enero pasado, con un pago
inicial a cuenta y considerando el saldo adeudado.
En cambio,
no están incluidos en este plan de facilidades de pago los anticipos, pagos a
cuenta, intereses provenientes de capital cancelado, impuesto adicional
emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, impuesto sobre los
Combustibles líquidos y Gas Natural, obligaciones vinculadas con regímenes
promocionales e impuesto específico sobre la realización de apuestas.