El Gobierno
publicó este viernes en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de
paridad de género en ámbitos de representación política, a fines de que empiece
a surtir efectos en las elecciones a cargos legislativos nacionales de este
año. Lo hizo en el marco del Día de la Mujer, que se conmemora hoy en todo el
mundo.
La ley
dispone la obligación de que los distintos partidos
políticos que compitan en
las elecciones nacionales presenten listas integradas por candidatas y
candidatos de manera intercalada desde el primer candidato titular hasta el
último suplente, "de modo tal que no haya dos (2) personas continuas del
mismo género en una misma lista".
El decreto
171/2019 efectiviza la norma que había sido sancionada por el Congreso en
diciembre de 2017. Toma como fundamento la necesidad de garantizar mediante
acciones positivas "la igualdad real de oportunidades entre varones y
mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios", contenida en el
artículo 37 de la Constitución Nacional, así como el artículo 7 de la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer que establece la obligación de tomar medidas destinadas a lograr este
objetivo en el ámbito político.
Un detalle
clave es la aclaración de que el género estará determinado por "el sexo
reconocido en el DNI vigente al momento del cierre del padrón,
independientemente del sexo biológico o, en su defecto, constancia de
rectificación de sexo inscripta en el Registro Nacional de las Personas".
Fuente:
DIB