policial conjuntamente con personal de GUM y personal de Tránsito Municipal. tras una entrevista con el damnificado se irradió la novedad a la totalidad de móviles de la comisaria en pos de poder interceptar al conductor del rodado, se extrajeron placas fotográficas del rodado y se tomaron los datos del denunciante. Más tarde, se recibió nuevamente un llamado del damnificado aludiendo que la persona que lo había chocado había concurrido a su domicilio y se habían arreglado entre las partes por cuestiones del seguro que poseían los vehículos.
Por lo antes dichos, se comunica a la población, que conforme al decreto Nro.
1824/06 desde el año 2006 no se recepcionan denuncias o se inician actuaciones
alguna por accidentes o choques sin confirmación de lesionados, entre otras
cosas y para lo cual se trascribe el art. 1 de dicha resolución: “ARTICULO 1º.- Determinar que a
partir del día 1º de agosto de 2006, ninguna dependencia, ni funcionario
policial iniciará actuaciones cuando se denuncien alguno de los siguientes
hechos: 1) Extravío de bienes muebles o
semovientes; 2) Quejas por molestias; 3) Colisión de vehículos sin verificación
de lesionados; 4) Accidente sin verificación de lesionados; 5) Extravío de
Documentos de Identidad nacionales o provinciales y cualquier otro instrumento
público o privado; 6) Certificado de supervivencia para trámites ante
Organismos Previsionales; 7) Constancias de Domicilio, y 8) Certificación de
firmas y copias”. Por lo que conforme a
ello, no se recepcionó denuncia. Queda por demás expresado, que esta
institución tiene como rol hacer cumplir la ley, tal cual como queda expresado
en el decreto mencionado. No obstante, lo antes expuesto, el personal policial
concurre al lugar del hecho, y procede en el marco legal vigente.
Garín Camilo Andrés - Subcomisario - Jefe Comisaria
Distrital Carlos Casares.