Los ediles presentaron una Proyecto de Resolución en el cual poden la Interpelación del Intendente Walter Torchio amparados en La denuncia penal realizada por el Director General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Ambiente, Martín Bolado, tras una auditoría realizada sobre los fondos del programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (Girsu) que implicó una transferencia a distintos municipios de $ 182.856.775 en el año 2013 y de $ 132.215.069 en el año 2015. El Juez Federal Claudio Bonadío dictó el procesamiento por el delito de “administración infiel” de tres (3) ex jefes de gabinete, a saber: Aníbal Fernández, Juan Manuel Abal Medina y Jorge Capitanich.
El
objetivo de los Concejales de Cambiemos es interpelar al Sr Intendente
Municipal Walter Sergio Torchio, y requerirle que en el marco del deber
impuesto al Departamento Ejecutivo Municipal
en el art 108 inc 7º del Dec/Ley 6769 (Ley Orgánica de las
Municipalidades), proceda a concurrir personalmente a la sesión especial que se
fijará a ese exclusivo fin para requerirle diversa información relacionada al programa GIRSU (Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos) en Carlos Casares.
La Presidencia del HCD fijará fecha y hora de
sesión y la interpelación versará sobre si el Municipio de Carlos Casares
percibió efectivamente recursos provenientes del programa GIRSU (Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos).
Indique fechas y montos percibidos. Señalar el destino e inversión de
los fondos percibidos y en el caso de existir obras ejecutadas con tales fondos
indique si las mismas se ejecutaron en forma total o parcial, informando etapas
cumplidas o pendientes de ejecución y que informe la nómina total
de funcionarios y empleados públicos responsables de la aplicabilidad del programa
GIRSU en Carlos Casares que hayan actuado por orden o delegación expresa del
Departamento Ejecutivo.
El Proyecto de Resolución
La denuncia penal realizada por el Director General de
Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del
Ministerio de Ambiente, Martín Bolado, tras una auditoría realizada sobre los
fondos del programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (Girsu) que
implicó una transferencia a distintos municipios de $ 182.856.775 en el año 2013
y de $ 132.215.069 en el año 2015.-
Considerando:
Que la investigación penal la impulsa el fiscal Carlos Rívolo
como consecuencia de que en dicha auditoría se concluyó que, entre 2013 y 2015,
el programa "funcionó con serias deficiencias de control interno, que
posibilitaron una arbitraria y desigual distribución de fondos"
Que el análisis de la auditoria alcanzó 120 municipios y
alrededor del 75% (unos 90 distritos) tuvieron irregularidades, como la falta
de un "mapa crítico" para identificar lugares
"vulnerables"; la aprobación de proyectos sólo a partir de trámites
administrativos; la falta de control interno en la ejecución de planes, y las
solicitudes de comunas que no reunían los requisitos, pero igualmente
recibieron giros de dinero.
Que
el Sr Intendente Municipal Walter Torchio suscribió convenios con el entonces
Jefe de Gabinete de Ministros Sr Aníbal Fernández en el marco del programa
mencionado por los cuales el municipio de Carlos Casares percibió la suma de $1.000.000,
$1.800.000 y $2.000.000 para camiones volcadores, contenedores, maquinaria y el
relleno sanitario en Carlos Casares, cuyas transferencias se habrían realizado
los días 18 de octubre de 2013, 25 de octubre de 2013 y el 22 de septiembre de
2015 respectivamente.
Que
los convenios que involucran al Municipio de Carlos Casares no se encuentran
excluidos de la investigación penal aludida.
Que
el Juez Federal Claudio Bonadío dictó el procesamiento por el delito de
“administración infiel” de tres (3) ex jefes de gabinete, a saber: Aníbal
Fernández, Juan Manuel Abal Medina y Jorge Capitanich.
Que
en las mencionadas actuaciones penales se determinó que la Jefatura de Gabinete es responsable de la transferencia de los fondos
pero la utilización y el destino final de esos recursos públicos es
responsabilidad exclusiva de los intendentes municipales involucrados.
Que
si bien los convenios aludidos fueron tratados y ratificados por éste Honorable
Cuerpo, dicha intervención se llevó a cabo sólo en cumplimiento de las
formalidades procedimentales que estable la legislación vigente.
Que
las investigaciones judiciales impulsadas, en las que se encuentra involucrado
el Municipio de Carlos Casares y los funcionarios públicos responsables,
generan incertidumbre y sospecha respecto del destino de esos fondos.
Que
el Honorable Concejo Deliberante se encuentra facultado para requerir la
presencia personal del Sr Intendente Municipal en el recinto a los efectos de interpelarlo
para que aquel informe fehacientemente las cuestiones que le sean solicitadas.
Que
resulta necesario conocer con absoluta certeza y precisión la ejecución y la
inversión efectiva de los recursos económicos enviados al Municipio a los
efectos de evitar cualquier suspicacia al respecto.
Que
el Sr Intendente Municipal y los funcionarios públicos municipales de las áreas
competentes se encuentran sujetos a las prescripciones de la Ley de Ética Pública
(ley nº 25188) y Ordenanza Municipal nº 3860/17 que imponen -en el marco del
sistema republicano de gobierno- la obligación inexcusable de desempeñarse con
honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana además del
deber de velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la
satisfacción del bienestar general, privilegiando el interés público sobre el
particular y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin
restringir información, protegiendo y conservando la propiedad del Estado además
de emplear los bienes con los fines autorizados.
Que,
no obstante los mandatos legales impuestos, la efectiva concurrencia del Sr
Intendente Municipal al recinto, implicaría no solo una actitud de colaboración
y fortalecimiento del sistema republicano de gobierno sino también apuntalar la
confianza pública depositada en la administración pública local, evitando
convalidar cualquier sospecha de delito.
Por todo lo expuesto, el
Bloque de Concejales de Cambiemos en uso de sus atribuciones acuerda y propone
el siguiente
Proyecto de Resolución
Artículo 1º:
Interpelar al Sr Intendente Municipal Walter Sergio Torchio, y requerirle que
en el marco del deber impuesto al Departamento Ejecutivo Municipal en el art 108 inc 7º del Dec/Ley 6769 (Ley Orgánica
de las Municipalidades), proceda a concurrir personalmente a la sesión especial
que se fijará a ese exclusivo fin para requerirle diversa información
relacionada al programa GIRSU (Gestión Integral
de Residuos Sólidos Urbanos) en Carlos Casares, bajo apercibimiento de
considerar su ausencia como falta grave..-
Artículo 2º:
A los fines previstos en el artículo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto
por el art 177 del Reglamento Interno, la Presidencia de éste Cuerpo fijará
fecha y hora de sesión con la antelación suficiente prevista por ley, la cual deberá ser notificada en forma
fehaciente a la totalidad de los miembros del Honorable Concejo Deliberante y
al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 3º:
La interpelación versará sobre los siguientes puntos, requiriendo al
Departamento Ejecutivo Municipal la exhibición de la totalidad de la prueba
instrumental existente que sustente cada una de las respuestas:
1. Si
el Municipio de Carlos Casares percibió efectivamente recursos provenientes del
programa GIRSU (Gestión Integral de Residuos
Sólidos Urbanos). Indique fechas y montos percibidos.
2. Aplicabilidad del programa GIRSU en Carlos
Casares. Señala el destino e inversión de los fondos percibidos y en el caso de
existir obras ejecutadas con tales fondos indique si las mismas se ejecutaron
en forma total o parcial, informando etapas cumplidas o pendientes de
ejecución.
3. Informe la nómina total de funcionarios y empleados públicos
responsables de la aplicabilidad del programa
GIRSU en Carlos Casares que hayan actuado por orden o delegación expresa del
Departamento Ejecutivo.
4. Indique si existieron devoluciones parciales o totales de dichos fondos
a los organismos públicos otorgantes.
5. Cualquier
otro dato relacionado al programa GIRSU que surja durante la interpelación al
Sr Intendente Municipal.-
Artículo
4º: De forma