Con fecha 20
ppdo., siendo las 21:30 hs. aproximadamente, y a raíz del requerimiento efectuado
por la ciudadana Flavia Daniela
Novgorosky; personal policial se constituyó en el domicilio sito en calle
Rondeau Nº 55 de este medio, donde habita su progenitora Anabela Boyero, de 59 años, en virtud de que la misma no respondía
a sus llamados y mensajes.
Ante ello y
previo requerimiento de un cerrajero, se procedió a la apertura de la puerta e
ingreso a la vivienda, constatándose sobre el piso del comedor el cuerpo sin
vida de la moradora, atando aparentemente su muerte de varios días, dado al primer dictamen efectuado por la médica de guardia del Hospital Municipal local.
vida de la moradora, atando aparentemente su muerte de varios días, dado al primer dictamen efectuado por la médica de guardia del Hospital Municipal local.
En virtud de
la situación y a efectos de determinar en forma fehaciente las causales del
deceso, se procedió a preservar el lugar del hecho y se solicitó la presencia
de peritos idóneos en Escena
del Crímen de la Delegación de Policía Científica
Pehuajó y Médico Forense del Cuerpo Médico Pehuajó.
Una vez
presentes los mismos y realizada su labor, se estableció la inexistencia de
violencia en las aberturas, desorden en la casa, ni signos de violencia sobre
el cuerpo, determinando en el lugar una data de la muerte de unas 48 a 72
horas, estimándose como causal del deceso una insuficiencia
cardiorrespiratoria, lo que más tarde y en horas del mediodía fue confirmado
con la Operación de Autopsia; donde consta que la víctima además de presentar
antecedentes enfermedades tales como EPOC, alcoholismo crónico e insuficiencia
circulatoria; poseía un deterioro generalizado, hallándose desnutrida y
deshidratada.
De acuerdo a
las directivas impartidas por la autoridad judicial interviniente, terminadas
las diligencias de práctica, el cuerpo fue entregado a sus familiares para el
velatorio e inhumación que se llevó a cabo con fecha 21 cte. Se instruyeron
actuaciones judiciales por “Averiguación
Causales de Muerte”, con injerencia de la U.F.I. Nro. 3 del Dpto. Judicial
de T. Lauquen, a cargo del Dr. Juan M.
Garriz.