La
disposición indica que 15 días antes de las elecciones legislativas del 27 de
octubre “queda prohibida” la realización de actos inaugurales de obras
públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de
alcance colectivo
Desde el
sábado comenzó a regir la veda para la realización de publicidad de actos de
gobierno, tal como lo establece el cronograma electoral.
La
disposición indica que 15 días antes de las elecciones legislativas del 27 de
octubre “queda prohibida” la realización de actos
inaugurales de obras
públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de
alcance colectivo.
Se prohíbe,
en general, “la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación
del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos
electivos nacionales”, según lo establece el cronograma electoral difundido por
la Justicia Electoral Nacional, en función de lo que establece la ley de
democratización de la representación política, la transparencia y la equidad
electoral (Nº 26.571).
“Queda
prohibido durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración
de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la
realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción
de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la
realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del
sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos
nacionales”.
Así está
establecido en el artículo Nº 93 de la Ley 26.571 que modificó al artículo 64
del Código Electoral Nacional.
También se
menciona que durante la campaña electoral, “la publicidad de los actos de gobierno
no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del
sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos
nacionales”.
Cabe
destacar que el viernes 25 de octubre finaliza la campaña electoral y el 27 se
realizarán los comicios legislativos nacionales. (La Tecla)