Aceleró la devolución en septiembre y octubre. También dispuso la baja de IVA para alimentos e instrumentó la ampliación de los planes de facilidades de pagos para todos los contribuyentes
Rápidamente
el organismo a cargo de Leandro Cuccioli publicó en el Boletín Oficial tres
resoluciones generales con estas dos medidas y con la ampliación de los planes
permanentes de facilidades de pago, para darle tiempo a las empresas para su
instrumentación a partir de la liquidación de los sueldos del corriente mes de
agosto.
Como se
había adelantado, las diferencias por la suba del mínimo no imponible del 20%
que se generen a favor del contribuyente se devolverán íntegramente entre
septiembre y octubre de este año. Se estima que la medida implicará una suba
inmediata de los ingresos de bolsillo de unos 1,9 millones de asalariados y 400
mil jubilados y pensionados en un promedio de $7.000 en cada mes, y un ahorro
de $2.000 en los meses siguientes respecto de lo percibido en mano en agosto.
Estas
resoluciones, publicadas hoy en el Boletín Oficial, forman parte de la
estrategia del Gobierno de mejorar los ingresos de todos los contribuyentes.
En primer
término, la Resolución General 4.546 actualizó el mínimo no imponible y la
deducción especial del impuesto a las Ganancias en un 20%, luego de la última
actualización del 28,3 por ciento.
Implicará
una suba inmediata de los ingresos de bolsillo de unos 1,9 millones de
asalariados y 400 mil jubilados y pensionados de unos $7.000 en promedio en septiembre
y octubre, y $2.000 respecto de lo percibido en mano en agosto para los meses
siguientes
Aclaró la
AFIP que la norma comenzará a regir en forma inmediata, aunque antes del final
del ejercicio fiscal (en marzo próximo), la medida necesitará la aprobación del
Congreso, para su efectiva formalización y compensación en la declaración
jurada anual, correspondiente al corriente ejercicio fiscal.
En esta
resolución se determina que las diferencias que pudieran generarse a favor de
los contribuyentes por la suba en el mínimo no imponible y en la deducción
especial se reintegrarán en dos cuotas iguales, en septiembre y octubre de este
año.
Régimen para los independientes y facilidades de pago
En segundo
lugar, la Resolución General 4.547 dispuso la reducción del 50% de los
anticipos del impuesto a las Ganancias que deben pagar las personas físicas
(incluidos los trabajadores autónomos) en lo que resta de este año (octubre y
diciembre).
Mientras que
a través de la Resolución General 4.548 se habilitó la ampliación de los planes
permanentes de facilidades de pago que permiten regularizar las obligaciones
impositivas, de los recursos de la seguridad social y las aduaneras. En el caso
de las pymes, los planes pasarán de 6 a 10 planes; el resto de los
contribuyentes podrá acceder hasta tres planes.
Una de las
claves de esta resolución es la suspensión del Sistema de Perfil de Riesgo
(SIPER) hasta el 31 de diciembre de este año. Esto permitirá que los
contribuyentes accedan a la cantidad máxima de planes y a la menor tasa de
interés disponible con independencia de su perfil de riesgo tributario.
Se suspendió
hasta diciembre inclusive el Sistema de Perfil de Riesgo (Sieper), por lo que
se unifica en 3% mensual la tasa de financiamiento de las deudas tributarias
corrientes
Se anticipó
que en los próximos días se conocerán otras resoluciones del organismo, como la
que contempla la extensión de 60 a 120 cuotas del plan de facilidades para
cancelar deuda vencida y la que prevé la exención del pago del componente
impositivo del Monotributo del mes próximo, entre otras.
Baja de IVA para alimentos seleccionados
Tampoco la
AFIP demoró la instrumentación de la rebaja del Impuesto al Valor Agregado de
un conjunto de alimentos esenciales, como anticipó Infobae, que se espera
contribuyan a aliviar los presupuestos de las familias, principalmente de bajos
ingresos, y al mismo tiempo limitar el efecto sobre la tasa de inflación de
agosto y septiembre derivada del salto cambiario de más de 20%, tras el
resultado de las PASO.
El ministro
de Producción y Trabajo, Dante Sica, estimó: "la medida alcanza al 70% de
la canasta básica de alimentos de una familia promedio". Y agregó:
"No esperamos que bajen los precios respecto de los que existían hasta el
último viernes, sino que las empresas puedan absorber el impacto de la
devaluación de los últimos días".
Se trata de
una medida de carácter transitorio que regirá desde hoy, en que se publicó el
Decreto 567 con la firma del presidente Mauricio Macri; los ministros de
Hacienda, Nicolás Dujovne, de Producción y Trabajo, Dante Sica, y el Jefe de
Gabinete de ministros, Marcos Peña.