La maraña impositiva de Argentina tiene un número concreto: existen 163 tributos nacionales, provinciales y municipales, algunos de los cuales se superponen entre sí, obligando a una misma actividad a pagar a dos administraciones diferentes por el mismo servicio.
Esta cifra
es el resultado de un trabajo del Instituto Argentino de Análisis Fiscal
(Iaraf), dirigido por Nadín Argañaraz, que analizó todos los tributos que se perciben
en las 23 capitales de
provincia y la Ciudad de Buenos Aires.
El trabajo
destacó la presencia de 40 impuestos nacionales, 41 tributos provinciales y 82
tasas municipales. Por supuesto que no todos conviven en el mismo distrito ni
afectan a todas las personas o actividades. Pero el número da cuenta de la gran
dispersión que existe en materia fiscal, y le pone un número a la enorme
cantidad de obligaciones de los contribuyentes, que en muchas ocasiones, como
se encuentra incorporado a las compras que realizan, no perciben su existencia.
En el caso
de la provincia de Buenos Aires, teniendo en cuenta que el estudio estableció
que a nivel municipal existe un promedio de 19 tasas, un contribuyente podría
estar afectado por 65 tributos de los diferentes niveles del Estado. Y si bien
muchos de ellos se encuentran relacionados a actividades económicas puntuales,
el pago de los mismos puede llegarles a “cuentagotas” a través de la compra de
determinados productos o servicios.
Pero más
allá de la alta cantidad de tributos identificados en el estudio, se destaca
que solo 10 concentran el 90% de la recaudación total. En efecto, el informe
indica que “la recaudación efectiva en nuestro país se encuentra concentrada en
relativamente pocos instrumentos de elevada recaudación”, la mayoría de ellos
nacionales: solo Ingresos Brutos aparece, en cuarto lugar, como el tributo
provincial de mayor recaudación. En el puesto 12°, en tanto, se ubica la
primera tasa municipal: Seguridad e Higiene.
“Considerando la recaudación de IVA, Aportes y
Contribuciones a la Seguridad Social, Impuesto a las Ganancias (personas
humanas y sociedades) y el impuesto provincial a los Ingresos Brutos, se
obtienen tres cuartas partes de la recaudación tributaria consolidada de
Argentina”, sostiene el informe. Continúan la lista el Impuesto al Cheque, los
impuestos sobre el comercio exterior y los impuestos sobre los Combustibles.
Este dato
lleva a los autores del informa a preguntarse si “la elevada cantidad de
instrumentos existentes, aun sin entrar en consideraciones acerca de lo distorsivo
que resultan muchos de ellos, brinda señales de que hay terreno para pensar en
una sustantiva simplificación del esquema tributario” del país.
Dispersión local
En el caso
de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, de los 41 tributos relevados,
todas las jurisdicciones coinciden en el cobro del impuesto sobre los Ingresos
Brutos y el Impuesto a los Sellos, así como las Tasas retributivas de distintos
servicios gubernamentales, tanto administrativos como judiciales (Sellos).
También es generalizado el cobro del impuesto Inmobiliario, con la única
excepción de la provincia de Chubut. Finalmente, quince provincias, entre ellas
Buenos Aires, cobran el impuesto a los automotores, mientras que la misma cantidad grava la
actividad de los juegos de azar.
Finalmente,
el caso de los municipios es el que más dispersión genera: en total se registró
la existencia de 82 tasas, aunque en promedio se detectó la coincidencia de 19
de ellas en cada distrito.
En las
localidades analizadas en todo el país, en tanto, se repiten tres tributos:
Servicios Generales (comúnmente conocida como tasa inmobiliaria o a la
propiedad), Seguridad e Higiene (que es la que incide sobre la actividad
industrial, comercial y de servicios) y el Derecho de Cementerio. Le siguen como
tributos más frecuentemente cobrados el de Ocupación y Uso del Espacio Público,
el Derecho de Oficina, los de Publicidad y Propaganda, la tasa de Habilitación
de Comercio e Industria, el Derecho a los Espectáculos Públicos y los Derechos
de Construcción, todos con alta frecuencia de cobro en las jurisdicciones.
Superposiciones
El caso del
reclamo judicial de la empresa Axion contra el municipio de Quilmes, que
actualmente analiza la Corte Suprema y que tendrá un nuevo capítulo a fines de
mayo, como se definió ayer, reflota la problemática sobre la superposición de
la carga fiscal.
En un
informe complementario, Iaraf sostiene que coexisten 100 regímenes de
recaudación anticipada entre los diferentes niveles del Gobierno, lo que
provoca que “en muchas casos un contribuyente puede quedar comprendido dentro
del ámbito de aplicación de varios de estos regímenes al mismo tiempo,
ocasionándole altos costos de administración tributaria, responsabilidades en
su aplicabilidad y posibles sanciones por el no cumplimiento de la operatoria o
errores de aplicación”. (DIB)