A tres días de conocerse extraoficialmente la condena impuesta por el Tribunal del Poder Judicial Trenque Lauquen, al único imputado en el asesinato de la joven Mariana Colman, Horacio Oliva, el día de hoy, viernes, se lo hizo oficial. Oliva fue condenado a Prisión Perpetua bajo la modalidad de efectivo cumplimento, accesorias legales y costas.
La sentencia
en principio explica el por qué de la caratula de la causa, “Homicidio
de una mujer cometido por un hombre mediando violencia de género”,
donde señala el argumento del Fiscal Dr. Leandro Cortelezzi, quien expuso que “es sabido que la ley (Código
Penal) no ha especificado que es el femicidio o el homicidio con violencia de
genero uy que frente a ello corresponde analizar la discusión parlamentaria y
convenciones, concluyendo que el femicidio es la muerte de la mujer en su condición
de tal. Se observa una relación desigual.
Los argumentos del Fiscal
El Fiscal
Cortelezzi expuso por qué considero que este caso se dio en un contexto de
violencia de género, expresando que “la víctima era mujer, el imputado era un
hombre y su superior laboral, sabia de las necesidades económicas de la joven y
del estado vulnerable en que se encontraba, la colocaba en una situación de
inferioridad respecto a sus compañeros varones al no poder compartir charlas y
mate con ellos, como así también al ubicarla siempre a su lado para su control.
Era una clara relación de subordinación y de poder. Aunando al acoso que tenía
la victima de parte de la conducta de Isaias (no respetaba sus declaraciones y
sus derechos) , un hostigamiento permanente. Oliva, quien casi duplicaba a la
joven (de 18 años) le realizaba bromas que no eran compartidas por la misma
pero debía soportarlo por temor a perder su empleo. Aunado a ello, no es menor
resaltar la golpiza recibida (según consta en la autopsia) y los cortes con el
arma blanca, pues denotan el despliegue de violencia del hombre para esta
victima mujer incapaz de defenderse ante brutal ataque (no había lesiones de
defensa). Y no solo ello, el comentario despectivo que Oliva le realizara a su
hermana cuando la estaban buscando, también denota su posición. Así Colman recordó
en este juicio que el imputado le comento que seguramente su hermana se habría ido
con algún hombre y que ya regresaría…
Para
culminar y resumiendo, tal como surge de la pericia psicológica de Oliva y de
los testimonios escuchados en la audiencia, para el imputado, los NO de Mariana
Colman le resultaron inaudibles y avanzo sobre ella, con violencia, aprovechando
su fuerza, destreza, edad, superioridad de mando y su idealización de ser un
hombre frente a la víctima, que menoscabo por pertenecer al sexo femenino…”
La sentencia
En cuanto a
la parte donde el escrito especifica la sentencia, el mismo señala
textualmente: “… este Tribunal en lo Criminal Nº1, por UNANIMIDAD
resuelve:
1- CONDENAR
a HORACIO ISAIAS OLIVA, por ser considerado autor penalmente responsable (art.
45 del C.P) del delito de “HOMICIDIO DE UNA MUJER COMETIDO POR UN HOMBRE
MEDIANDO VIOLENCIA DE GENERO (Art. 80 inc. 11 del CP) a la pena de PRISION
PERPETUA bajo la modalidad de efectivo cumplimento, accesorias y costas (Arts.
12, 29 inc. 3 del CP y 531 del CPP).