Los Cuatriciclos ya no podrán circular libremente por la vía pública


Según la nueva legislación sólo podrán andar por los denominados “corredores de circulación segura” y “predios de uso seguro”.

El gobierno bonaerense reglamentó los cambios en la Ley de Tránsito (13.927), por lo que desde este verano habrá importantes restricciones a la libre circulación de cuatriciclos en los balnearios de la provincia y se aplicarán multas, a los infractores, que podrían ir desde los 11 mil a los 36 mil pesos.
La medida se dio a conocer mediante un decreto firmado por la gobernadora María Eugenia Vidal. En el mismo, es que prohíbe expresamente “la circulación de triciclos, cuatriciclos livianos y cuatriciclos en la vía pública”. Desde ahora -añade- sólo podrán andar por los denominados “corredores de circulación segura” y “predios de uso seguro”.
Estos corredores y predios serán establecidos por cada uno de los municipios, aunque para ello tendrán que estar en línea con “los criterios mínimos que defina la dirección provincial de Política y Seguridad Vial”.
La nueva norma también establece que tanto los conductores de los cuatriciclos como sus acompañantes deberán circular con casco homologado y correctamente colocado. De no tenerlos, serán multados y hasta las estaciones de servicio estarán imposibilitadas de venderles combustible.
La reglamentación también determina que los conductores de cuatriciclos deberán tramitar una licencia específica.
Quienes tengan un vehículo de hasta 150cc de cilindrada o de 11 kilowatts (kW) de potencia máxima -considerados de uso deportivo-, deberán tramitar la licencia identificada como A2. Los que tengan un cuatriciclo de mayor cilindrada o potencia -considerado de uso comercial o industrial- tendrán que tramitar la licencia A6. En el caso de los cuatriciclos con cabina, y sea cual fuere su motorización, corresponderán a la categoría B1.
Otro aspecto importante es que se multará severamente a quienes circulen en cuatris con más cantidad de personas a bordo que las que indica el fabricante del modelo.
La modificación del decreto 532/09 que reglamenta la ley fija duras multas para quienes incurran en infracciones.
En el caso de los cuatriciclos, las multas irán de los 10.953 a 36.510 pesos (300 a 1.000 UF), en el caso de: conducir sin casco homologado y correctamente colocado en el conductor y acompañantes; conducir por lugares o zonas no habilitadas; conducir sin estar habilitado o sin seguro obligatorio vigente; circular utilizando auriculares o celulares; participar, en la vía pública y zonas no autorizadas, de competencias de destreza o velocidad no autorizadas y circular sin las placas de identificación de dominio correspondientes (chapa patente).
(InfoGEI)