HCD: Una reforma que no fue, y significaba una moderación para el poder legislativo que no todos están dispuestos a aceptar


El jueves pasado se realizó una nueva sesión del Concejo Deliberante donde, entre otros proyectos, se aprobó la ordenanza que modifica del reglamento interno del HCD. Este miércoles al mediodía el Intendente Torchio vetó la ordenanza aprobada por mayoría por el Unibloque del Concejal Gemelli y Cambiemos y dio un fuerte respaldo a la Concejal y Presidente del HCD, Ana Laffont.  
El veto se basa en el artículo 77 de la Ley Orgánica Municipal y el conflicto que se genera entre los poderes legislativo y ejecutivo.
No se trataba de una simple reforma, se trató de una propuesta renovado, de acorde a los tiempos que vivimos. Hay ediles que siguen teniendo un pensamiento añejo, ideal para el tipo y estilo de política que les gusta y saben hacer.

Los principales puntos



A- Modifíquese el Artículo 14 del reglamento Interno de la Municipalidad que quedará redactado de la siguiente manera:
“A cada concejal se le otorgará una credencial como constancia probatoria de su investidura, suscripta por el Presidente y el Secretario Legislativo. Los concejales electos podrán agruparse en bloques conforme hayan integrado las listas de candidatos en las elecciones generales. Los bloques políticos podrán solicitar un espacio físico, la designación de secretario y demás implementos necesarios para su funcionamiento y recibirán trato protocolar”
B-  Modifíquese el Artículo 26° del reglamento Interno Municipal que quedara redactado de la siguiente manera:
“Las sesiones serán públicas; Pero podrá haberlas secretas por resolución expresa del concejo, tomada por mayoría del total de los miembros (L.O.M. Art. 71). Este caso se dará cuando se trate de asuntos que afecten el honor de las personas o a la moralidad. Se instrumentará la transmisión en vivo y en directo Vía Internet de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias en el Sitio Oficial informático del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Casares, asegurando la calidad adecuada de manera que permita la individualización e intervenciones de los ediles. La única excepción a la transmisión de las Sesiones será la contemplada en el Artículo 27º del presente Reglamento Interno”
C: Modifíquese el Artículo 56° del reglamento Interno Municipal que quedará de la siguiente manera:
“Las comisiones permanentes del Concejo serán las siguientes:
A) Presupuesto y hacienda
B) Legislación y reglamento
C) Salud públicas y asuntos sociales
D) Obras públicas, vialidad, urbanización y vivienda
E) Cultura, deportes y actas.
F) Labor parlamentaria
G) Educación
H) Comisión de seguridad y tránsito municipal
I) Control y prevención del medio ambiente
D-  Modifíquese el Artículo 59° bis del reglamento Interno Municipal que quedará redactado de la siguiente manera:
“Corresponde a la Comisión de Seguridad y Transito Municipal las funciones de:
A) Integrar la Comision Municipal De Crisis
B) Asesorar sobre el manejo de los fondos asignados en la Partida del Presupuesto Municipal.
C) Intervenir en el marco de contralor de las acciones determinadas a los efectos de recuperar la seguridad.
D) Realizar estudios de reordenamiento del transporte y tránsito en el Distrito.
E) Intervenir en las cuestiones relacionadas con el tránsito peatonal y de vehículo, estacionamientos, transportes escolares, transporte público, transito pesado, transporte de cargas peligrosas (explosivos, químicos etc.) taxi – flet, charter, remis, taxis. Debiéndose observar en todos los casos el cumplimento de las disposiciones del Código de Transito, tanto para transporte público como privados. Toda consideración que no se contemple en el Código de Transito será facultad de esta Comisión el tratamiento que corresponda.
E-  Modifíquese el Artículo 61° del reglamento interno Municipal que quedará redactado de la siguiente manera:
“Corresponde a la Camisón de Salud Pública y Asuntos Sociales dictaminar sobre toda materia atiente a la Higiene, bienestar y salud en general de toda la población y en particular sobre:
A) La sanidad, seguridad e higiene de los establecimientos industriales y comerciales.
B) El acceso y funcionamiento de los espectáculos públicos.
C) La elaboración, expendio y consumo de sustancias o artículos alimentarios.
D) Las actividades en los Hospitales, sanatorios, clínicas, geriátricos y salas de primeros auxilios, Centros de día.
E) El funcionamiento de comisiones o sociedades de fomento.
F) La inspección bromatológica de los animales y demás productos con destino de consumo, cualquiera fuere su origen y procedencia.
G) La protección y cuidado de los animales.
H) La protección de los arboles, jardines, plazas y demás paseos públicos
I) Disposición para combatir y exterminar plagas de insectos dañinos y nocivos
j) Dictaminar y evaluar sobre programas, planes, campañas de protección, asistencia y prevención de niños, del joven, la mujer y su grupo familiar.
F-  Incorpórese al Reglamento Interno Municipal el Artículo 62° bis que quedara redactado de la siguiente manera:
“La comisión de Control y Prevención del Medio Ambiente tendrá como funciones: Considerar los informes elevados por el Departamento Ejecutivo Municipal, sobre la incidencia ambiental de grandes emprendimientos urbanos e industriales, dictaminando a su respecto.
A)  Dictaminar en todos los proyectos de instalación y funcionamiento de comercios, depósitos, acopio de cereales o concentración de animales vivos o muertos y su incidencia ambiental.
B)  Entender en lo referente al basurero municipal y los proyectos sobre tratamiento de la basura, como también en lo concerniente a la recolección de residuos y limpieza de baldíos o espacios públicos en general.
C) Considerar todo lo concerniente a la provisión de agua potable para la ciudad y a proyectos sobre futuras fuentes alternativas para cumplir con el aumento de la demanda
D) Dictaminar en todo lo referente a aguas servidas y cloacales y en proyectos para el tratamiento de las mismas, como también en la ampliación de la red cloacal.
E)  Entender en la aplicación de la ordenanza sobre efluentes industriales y en todo lo concerniente a la contaminación de la ría por líquidos cloacales y desperdicios industriales.
F)  Dictaminar sobre aspectos concernientes a la conservación de espacios verdes, plazas y parques y en los proyectos que requieren de reservas de esta naturaleza.
G) Considerar todo lo relativo a la contaminación del suelo por pesticidas, plaguicidas, herbicidas, fertilizantes y todo agroquímico de acción residual, siendo competente en los casos en que se torne aplicable la legislación provincial en la materia.
H)  Intervenir y dictaminar en general en los problemas ambientales que se generen dentro del Partido de Carlos Casares y en los que resulten de incumbencia municipal.
G-  Modifíquese el artículo 92 del Reglamento Interno de la Municipalidad que quedará redactado de la siguiente manera:
“Todo proyecto ingresado para su incorporación al Orden del Día, deberá obligatoriamente presentarse a la Secretaría del H.C.D. en formato digital. Asimismo, el Orden del Día de cada Sesión deberá enviarse a cada Concejal en formato digital a su correo electrónico particular oportunamente informado, como así también se lo remitirá al correo electrónico oficial de cada Bloque Político”
H-  Incorpórese al Reglamento Interno de la Municipal el Articulo 187° que quedara redactado de la siguiente manera:
“Todas aquellas situaciones o normativas no previstas en este Reglamento se ajustaran de acuerdo a las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Constitución Provincial, La Constitución Nacional, y Reglamento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires que se aplicará supletoriamente, prevaleciendo en caso de contradicción la norma de mayor jerarquía”