A partir de las
modificaciones que se establecieron con la reforma tributaria, las
recategorizaciones del Monotributo pasaron de ser cuatrimestrales a ser
semestrales (enero/junio y julio/diciembre), por lo que el 20 de julio vence el
plazo para realizar la correspondiente al semestre enero – junio de 2018.
Hay que
tener presente que si bien para esta recategorizacion AFIP habilito su
realización sin tener confirmación de datos biometricos, éstos son requeridos y
muchos tramites quedan supeditados a la realización de los mismos.
En caso de
cambio de categoría el valor resultante se abonara a partir del mes de Agosto
2018.
Por otra
parte, en cuanto a la facturación, se establece que a partir del 1 de octubre
de 2018 los monotributistas van a tener que facturar exclusivamente a través de
Facturación Electrónica o Controlador Fiscal. Sólo quedarán excluidos de esta
obligación los Monotributistas sociales.