¿Y en Casares quien lo hace?: Intendentes de la Cuarta sección tendrán una herramienta del gobierno provincial para controlar precios en pleno Coronavirus


Se trata del sistema SIMAP establece un listado de productos esenciales (alrededor de 2.100 productos tomados de la Resolución N°100-SCI del Gobierno Nacional), cuyos precios deben retrotraerse al valor vigente al 06 de marzo de 2020. Estos precios no podrán ser aumentados durante un período de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de su entrada en vigencia.


Frente a la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid - 19, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires refuerza su compromiso con el monitoreo y la fiscalización del cumplimiento de todas normativas relacionadas con precios, abastecimiento y el cuidado del bolsillo de todos los habitantes de la provincia. A tal fin, se crea mediante el Decreto 177/20 el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Precios de Productos Esenciales (SIMAP) a cargo del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica.
El SIMAP establece un listado de productos esenciales (alrededor de 2.100 productos tomados de la Resolución N°100-SCI del Gobierno Nacional), cuyos precios deben retrotraerse al valor vigente al 06 de marzo de 2020. Estos precios no podrán ser aumentados durante un período de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de su entrada en vigencia.

 Cumplir con la producción


Los sujetos obligados a cumplir con lo establecido en el SIMAP son los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas; todos los comercios que realizan venta minorista de productos de consumo masivo; almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, y las personas jurídicas y humanas que participen de las distintas etapas y cadenas de producción, distribución y comercialización intermedia y final de cada uno de los productos declarados esenciales
Además, el SIMAP establece que los integrantes de la cadena de producción, distribución y comercialización de los bienes declarados esenciales, deberán mantener los niveles de producción y abastecimiento de tales bienes hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión.
Los miembros de la cadena de producción, distribución y comercialización de los bienes alcanzados por la presente medida, deberán informar semanalmente los precios de venta de tales bienes, niveles de aprovisionamiento y producción. Del mismo modo, deberán informar inmediatamente en caso de que no puedan cumplir con sus obligaciones por motivos que los trascienden, denunciando a través de un sencillo formulario web cuáles son las causas por las cuales no están en condiciones de cumplir con la normativa.

Trabajo para el Municipio


El monitoreo y fiscalización del cumplimiento de las normas se llevará a cabo a través del trabajo conjunto y coordinado del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal, mediante controles sistemáticos y articulados en todo el territorio de la Provincia.
Aquellos comercios en los que los inspectores encuentren incumplimientos sin que se hayan brindado previamente las justificaciones correspondientes serán pasibles de todas las sanciones establecidas en la Ley de Abastecimiento, desde multas, clausuras, inhabilitaciones, comiso de mercaderías y productos o suspensión de registros.
Finalmente, los consumidores podrán, a través de un sitio web, consultar precios de referencia y denunciar incumplimientos de precio o alertar por falta de abastecimiento
Cumplir con la normativa es una responsabilidad de todos los participantes de las distintas cadenas de producción, distribución y comercialización de los productos y servicios esenciales. Es momento de ser solidarios y de hacer valer los derechos de todos. Por eso, ahora más que nunca, no podemos permitir que algunos pocos quieran sacar provecho de esta situación