Palos en la rueda - Día 1


1- La elección del Secretario es una atribución exclusiva del cuerpo legislativo, por eso mismo se procederá a presentar el nombre de la persona aspirante a dicho cargo para que sea sometido a votación por la totalidad de los concejales. El mismo no requiere un
"arreglo" o "consenso" previo ya que no es potestad de este cuerpo "arreglar" un cargo legislativo sino someterlo a votación para que el mismo sea designado.
2- El nombre de la persona que será propuesto nunca fue impuesto o dirigido por el Ejecutivo. Fue tarea del bloque de concejales oficialistas decidir en conjunto y tras varias reuniones quién era la persona que reunía las mejores y mayores condiciones para presentarse como aspirante a asumir dicho cargo. Aún así, el mismo todavía no se encuentra designado como tal ya que, como expusimos anteriormente, debe ser sometido a votación, garantizando el sistema democrático y la división de poderes.
3- Consideramos que la decisión de no prestar quórum para la sesión especial convocada a ese fin no responde más que al deseo de comenzar a entorpecer el trabajo del poder legislativo desde su primer día; impidiendo que las autoridades sean elegidas bajo un sistema democrático auténtico sin injerencia externa alguna.
Bloque de Concejales - Frente de Todos