1- La elección del
Secretario es una atribución exclusiva del cuerpo legislativo, por eso mismo se
procederá a presentar el nombre de la persona aspirante a dicho cargo para que
sea sometido a votación por la totalidad de los concejales. El mismo no requiere
un
"arreglo" o "consenso" previo ya que no es potestad de
este cuerpo "arreglar" un cargo legislativo sino someterlo a votación
para que el mismo sea designado.
2- El nombre de la persona
que será propuesto nunca fue impuesto o dirigido por el Ejecutivo. Fue tarea
del bloque de concejales oficialistas decidir en conjunto y tras varias
reuniones quién era la persona que reunía las mejores y mayores condiciones
para presentarse como aspirante a asumir dicho cargo. Aún así, el mismo todavía
no se encuentra designado como tal ya que, como expusimos anteriormente, debe
ser sometido a votación, garantizando el sistema democrático y la división de
poderes.
3- Consideramos que la
decisión de no prestar quórum para la sesión especial convocada a ese fin no
responde más que al deseo de comenzar a entorpecer el trabajo del poder
legislativo desde su primer día; impidiendo que las autoridades sean elegidas
bajo un sistema democrático auténtico sin injerencia externa alguna.
Bloque de Concejales - Frente de Todos