El incremento del derecho de exportación sobre la soja, junto con las retenciones cambiaria , provocaron una caída del poder de compra de las empresas agrícolas argentinas.
Un ejemplo:
en la actualidad, más allá de cuál sea el modelo de vehículo en cuestión, se
requiere una mayor cantidad de toneladas de soja respecto de un año atrás para
adquirir una camioneta.
Elaborado
en base a Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos del Registro de la
Propiedad Automotor y precio promedio FAS de la soja Rosario Matba Rofex.
FOB
Soja Rosario Promedio Febrero 2019: 347 u$s/tonelada.
FOB
Soja Rosario promedio 1-17 febrero 2020: 346 u$s/tonelada.
La caída del
poder de compra de la soja –la principal moneda fuerte del campo– obedece al
hecho de que el poroto está sometido a una doble retención: por un lado, una
alícuota fija del 30% sobre el valor FOB; por otro, una brecha cambiaria enorme
entre el tipo de cambio oficial (actualmente en 58,2 $/u$s) y el valor de
mercado real del peso argentino (que supera los 80 $/u$s).
En términos
de relaciones insumo/producto, la retención cambiaria no tendría impacto alguno
si los precios de todos los bienes de la economía argentina se ajustaran al
100% con el tipo de cambio oficial. Pero la experiencia histórica indica que, a
medida que aumenta la altura del cerco del cepo cambiario, los valores de
muchos bienes con insumos importados o sin sustitutos terminan ajustándose de
manera progresiva en función del valor real del peso argentino.
La pérdida
de poder adquisitivo por parte de las empresas agropecuarias constituye una
mala noticia no sólo para las automotrices, sino también para muchas industrias
y servicios que dependen de la demanda del agro (maquinaria agrícola,
alambrados, obras civiles, riego, etcétera).
El “cepo
cambiario” fue instrumentado por el gobierno de Mauricio Macri a comienzos de septiembre de 2019 por medio
de la comunicación “A” 6770 del Banco Central (BCRA) y validado por la actual
gestión de Alberto Fernández.
En
septiembre de 2018 los productos del complejo sojero comenzaron a ser gravados
con un derecho de exportación del 18% más una retención móvil de 4,0 pesos por
cada dólar FOB exportado. En diciembre de 2019 se estableció un derecho con una
alícuota fija del 30%.
Valor
Soja