Un minucioso informe de la Federación de Cooperativas explica los porqués del último aumento de tarifas de energía eléctrica.
Con motivo
de los incrementos tarifarios de la energía eléctrica (febrero de 2019), la
Federación de Cooperativas de Electricidad y de Servicios Públicos de la
provincia de Buenos Aires (FEDECOBA) dio a conocer un amplio informe para
comprender el origen y la aplicación del aumento.
¿A
qué responden los incrementos tarifarios en el servicio de energía eléctrica
que rigen durante este mes de febrero y quién los dispuso?
Fueron
dispuestos por el Gobierno provincial, a través de la Resolución 186/19 del Ministerio
de Infraestructura y Servicios Públicos publicada en el Boletín Oficial el
01/02/2019 y contemplan:
Nuevos
precios de energía mayorista sancionados por la Secretaría de Energía de la
Nación a través de su Resolución 366/18 (valor de compra que paga la
cooperativa).
Incrementos
del Valor de Agregado de Distribución – VAD (importe que la cooperativa destina
a afrontar los costos que significa construir, operar y mantener la
infraestructura de la red eléctrica, es decir: obras, insumos, maquinarias,
salarios, etc.) que ya habían sido aprobados el 18/09/2018 mediante resolución
MIySP 1297/18.
Concepto
Incremento Costos Tarifarios (ICT). Se aprueba, por espacio de 6 meses, el
cobro de la mitad del incremento de los costos de distribución previstos en el
cuadro tarifario anterior (23/09/18 – 31/01/19), que habían sido pospuestos por
decisión del Gobierno provincial, estableciendo su cobranza a partir de febrero
de 2019.
Estas
tarifas deben ser aplicadas por todos los distribuidores de energía que actúan
en el ámbito provincial, entre ellas las cooperativas.
¿A
cuánto asciende el incremento de tarifas previsto durante 2019?
La Resolución 186/19 determina:
Un primer
período del 02/02 al 30/04, cuyo incremento promedio rondará entre el 25 % y 35
%, dependiendo de la categoría en la que se encuentre encuadrado el
asociado/usuario del servicio eléctrico y el área a la cual pertenezca.
Y dos
períodos adicionales que regirán entre el 01/05/19 y el 31/07/19 (incremento
promedio aproximado del 5 %) y entre el 01/08/19 – 31/10/19 (incremento
promedio aproximado del 5 %) respectivamente.
¿Qué
otros cambios prevé la normativa recientemente sancionada?
Se elimina el
llamado Plan Estímulo que establecía beneficios para aquellos
asociados/usuarios que ahorrasen energía respecto de igual período del año
2015.
Se mantienen
los descuentos en la Tarifa Social, solo que ahora se hace cargo de dicho
subsidio la Provincia de Buenos Aires en lugar de la Nación. Se mantiene la
tarifa de entidades de bien público y la gratuidad del servicio para los
electro-dependientes.
¿La
tarifa se aplica de igual modo en toda la provincia de Buenos Aires?
La Provincia
tiene cuatro áreas claramente delimitadas (RIO DE LA PLATA, ATLÁNTICA, NORTE y
SUR), cada una con su cuadro tarifario.
No obstante,
la tarifa es igual para todos los distribuidores (tanto provinciales como
cooperativas de una misma área y los aumentos se dan en todas las áreas
simultáneamente.
¿Cómo
está compuesta la tarifa eléctrica en la provincia de Buenos Aires?
El valor del
KWh (en las facturas se discriminan en cargo fijo y cargo variable) incluye el
precio de compra mayorista de la energía, el transporte, más el valor agregado
de distribución.
A ello deben sumarse los siguientes
tributos y/o conceptos:
Ley 11.769
art. 72 bis (0, 001%): con destino a Rentas generales de la provincia.
Ley 11.769
art. 72 ter (6%): con destino al municipio local.
Fondo Provincial
Compensador Tarifario (5%, 3% y 2% según tipo de tarifa): compensa las
diferencias de costos propios de distribución entre los distintos
concesionarios municipales.
IVA (21%
para consumidor final y 27% para responsables inscriptos y monotributistas).
También
relacionado con el rubro eléctrico, y en el marco de la Ley provincial 10740,
debe adicionarse la Tasa de Alumbrado Público que disponga la ordenanza
impositiva municipal en cada distrito.