La decisión
alanza a todo el país y a la luz por tres meses, y de apelarse sera la Corte
Suprema quien decidirá si corresponde o no la suba
La Cámara
Federal de La Plata declaró hoy “nulas”
las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación que dispusieron un aumento en el
servicio de gas y ordenó “retrotraer” la
situación tarifaria “a la existente
previamente al dictado” de esas normas, y al mismo tiempo ordenó
suspender por tres meses el ajuste en el
cuadro tarifario eléctrico en la Provincia, informaron fuentes judiciales.
Al declarar
nulas las resoluciones del ministerio, el fallo de la Cámara no se limita, como otros, a los
límites de una provincia o municipio
sino que tiene alcance para los usuarios de gas de todo el país.
El fallo de
la Sala II surge tras la apelación que una asociación civil, una ONG y el
Estado nacional realizaron a la
resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia 4 de esta capital, que ordenó convocar a una
audiencia pública para debatir con
usuarios el aumentos que rigen desde marzo.
En la
apelación el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) y la ONG
Consumidores Argentinos plantearon la
inconstitucionalidad del aumento aduciendo que el Estado no realizó previo a la aplicación del
nuevo cuadro tarifario una audiencia
pública para informar a los usuarios de los
cambios.
En ese
sentido consideraron que “se violó el derecho
constitucional a la participación ciudadana”, por la falta de
audiencia pública y demandaron la
suspensión del aumento tarifario.
Por su
parte, la representación del Estado indicó que la suspensión del aumento “en caso de aplicarse,
causaría un gravamen irreparable” en las
empresas que brindan el servicio y que es posible realizar un ajuste tarifario sin realizar una
audiencia pública previa.
Sin embargo,
los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin, consideraron “que la Audiencia
Pública es un mecanismo de participación
ciudadana, que refuerza los principios de acceso a la información y a la transparencia de las
actuaciones estatales”.
Asimismo,
precisaron que “no es el Poder Judicial el encargado de definir la política estatal, ni los
parámetros tarifarios de la prestación
de servicios públicos, pero tampoco puede aceptarse que el reconocimiento normativo de derechos
por órganos representativos de la
voluntad popular, queden sin tutela efectiva, allí donde se constata su vulneración”.
“Limitar la realización de audiencias públicas
para la definición de cuestiones
‘permanentes’, dejando fuera de ellas aspectos
de fuerte impacto como es la modificación material de la tarifa que deben abonar los usuarios, implica
transformar a todo el sistema de
participación consagrado constitucional, convencional y legalmente en una mera formalidad cuya
utilidad tiende a disminuir desde la
perspectiva de quienes deben pagar el importe de las tarifas”, aseguraron.
Finalmente,
los magistrados recordaron una resolución de la
Suprema Corte de Justicia bonaerense de diciembre de 2014, en la
que el máximo tribunal anuló un aumento
del agua del 180 por ciento aplicado por
la empresa ABSA en 2012 por no haberse realizado la audiencia pública previa a la aplicación del
nuevo cuadro tarifario.
Por todo
ello, los jueces de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata declararon “la nulidad de las
Resoluciones 28 y 31 del Ministerio de
Energía y Minería de la Nación, retrotrayéndose la situación tarifaria a la existente
previamente al dictado de ambas” y
remitieron una copia al fuero Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal porteño.
En tanto, el
Ministerio de Energía y Minería informó esta noche que tomará “los pasos
procesales necesarios para defender las
medidas tarifarias que hemos dictado”, en alusión a los aumentos en el servicio de gas natural
por redes.
En un
escueto comunicado, la cartera energética señaló que “estamos analizando los alcances del fallo y,
en cualquier caso, como hemos hecho en
todos los amparos, daremos todos los pasos
procesales necesarios para defender las medidas tarifarias que
hemos dictado y que están plenamente
basadas en los marcos legales de cada
uno de los servicios públicos involucrados”.
De esta
manera, el gobierno salió al cruce del fallo de la Cámara Federal de La Plata mediante el cual
declaró nulo el ajuste de tarifas en el
servicio de gas aplicado desde el 1 de abril
último.
Desde que se
conoció el fallo, en horas de la tarde, asesores legales de la cartera a cargo de Juan José
Aranguren se abocaron al análisis de la
medida y, según trascendió, el gobierno
presentará el lunes o martes próximos un recurso extraordinario ante la Cámara Federal de La Plata apelando el fallo.
Si la Cámara
no lo eleva, el gobierno irá en recurso de queja ante la Corte Suprema, procurando que el alto
tribunal se pronuncie lo antes posible
sobre la cuestión de fondo, que refiere a la
validez o no de los aumentos tarifarios dispuestos. Hasta la resolución de esta tarde, el
gobierno había ya presentado ante la
Corte tres pedidos de Per Saltum procurando un aval a su decisión de política tarifaria, cuestinada
por particulares y algunos gobiernos
municipales y provinciales.