
Para ello
los posibles adjudicatarios deben reunir ciertos requisitos. El proyecto
también apunta a las viviendas cuya adjudicación será directa y abarque a
personas con capacidades diferentes, personal municipal y de fuerzas de
seguridad. También hace referencia a un sistema de viviendas por comodato para
personas mayores de 60 años sin hijos a cargo.
Cabe señalar
que la propuesta surge en base a la muy buena experiencia que resultó ser el
sorteo de viviendas del Plan Federal (ubicado frente al Corralón) que realizara
el Gobierno de Seraci.
Generar transparencia
El proyecto
surge en la necesidad de desarrollar un proceso de adjudicación de viviendas
que genere transparencia, termine con la discrecionalidad en la entrega de las
mismas y reconstruya los lazos de confianza con la ciudadanía.
Debido a que
se han firmado diversos convenios celebrados entre el Gobierno Municipal de
Carlos Casares con el Gobierno Nacional, como así también planes de
construcción de viviendas municipales; con el fin de construcción de viviendas
en sus distintas modalidades, concernientes a dar solución a las distintas
problemáticas habitacionales de nuestros vecinos.
Que es
necesario por ello unificar los criterios de adjudicación implementando una
metodología de distribución y adjudicación que se ajuste a las necesidades
concretas y diversas de los vecinos, para lograr responder a la demanda con
criterio de justicia, igualdad, transparencia, pluralidad y equidad.
Condiciones o requisitos
En su
articulado el proyecto establece que los postulantes deben:
A) Carecer
de vivienda propia y/o de recursos patrimoniales suficientes que le permitan
acceder a la misma en forma particular;
B) Poseer
D.N.I. argentino del postulante y del grupo familiar;
C) No ser
beneficiario de Planes de Vivienda del Estado Nacional, Provincial o Municipal;
D) Tener una
residencia constatable de al menos cinco años en el Partido de Carlos Casares;
E)
Certificado Único de Discapacidad (C.U.D.) o certificado nacional de
discapacidad o certificado provincial de discapacidad vigentes para acreditar
la misma (para el supuesto que se declare a algún integrante del grupo familiar
con discapacidad);
Los
aspirantes deberán estar inscriptos en el Registro de Inscripción de Aspirantes
a Bienes Inmuebles Municipales para Vivienda única y familiar (R.I.A.B.I.M)
completando todos los requisitos y documentación necesaria;
Los
aspirantes para acceder al sorteo, cuando sean matrimonios o uniones de hecho
deberán mantener la misma situación de estado familiar que al momento de la
inscripción en el RIABIM. En caso de ruptura del concubinato, o que se produzca
separación o divorcio vincular deberán actualizar su situación ante la base de
datos del R.I.A.B.I.M -
El Sorteo
El sorteo se
llevará a cabo de la siguiente forma:
A) Por orden
alfabético desde la Subsecretaria de Acción Social se le entregará a cada
aspirante un número de orden para participar en el sorteo que será el número
que se encuentra inscripto en el R.I.A.B.I.M .-
En el acto
de sorteo se anunciará –previo a cada selección de cupón de la urna-la
identificación de la vivienda que se sortea (sea mediante el número con la que
se designa o ubicación de la vivienda)
B) Se
colocarán dentro de una caja tantos números de órdenes como aspirantes por
grupo, doblados y abrochados, de tal manera que no se pueda observar
externamente el número de orden que contiene.
C) Una vez
efectuado el sorteo público de los pre adjudicatarios titulares, se llevará a
cabo por el mismo procedimiento la selección de los suplentes. El número de
suplentes será el 20 % del total de viviendas a adjudicar
D) Efectuada
la selección por sorteo se procederá a confeccionar un listado de pre
adjudicatarios titulares y otro de suplentes, que tendrán carácter público y
estarán a disposición para su consulta en la Dirección de Vivienda de la
Municipalidad y en la página web oficial del Municipio durante el plazo de 10
días hábiles a fin de que se efectúen las correspondientes impugnaciones y/o el
pre adjudicatario solicite su baja por el motivo que exprese por medio
fehaciente.
Adjudicación directa
El proyecto
prevé también un sistema de adjudicación directa para ciertos casos
particulares:
En cada
programa de viviendas que el Municipio ejecute sea municipal, provincial o
nacional, reservará para adjudicar en forma directa un 5% del total de
viviendas entre aquellas familias que se hallen inscriptas en el RUIPABI y
algunos de sus integrantes posea capacidades diferentes.
Cuando se
trate de programas de viviendas sociales un 10 % del total a adjudicar se
destinará para entregar entre los empleados municipales de planta permanente
que se encuentren inscriptos en el R.I.A.B.I.M y reúnan las condiciones
previstas por la presente norma.- Para el caso que la cantidad de viviendas
determinadas por porcentaje no alcance a cubrir los aspirantes se procederá a
realizar la selección por sorteo
Cuando en la
adjudicación de vivienda se beneficien personas mayores de 60 años sin menores
a cargo, tengan o no herederos forzosos, la entrega de la vivienda se
formalizará a través de un comodato precario el que estará vigente durante la
vida de los beneficiarios y mientras mantengan las condiciones por las que se les
adjudico la vivienda. Vencido, la Municipalidad tomara posesión y procederá a
una nueva adjudicación.- Dichas viviendas serán escrituradas a favor del
Municipio comodante.