Sorteo público para vivienda única y familiar

(Informe de Prensa) El Bloque de Concejales del FPCyS presentó un proyecto de ordenanza cuyo objetivo principal es lograr la transparencia y equidad en la entrega de las viviendas sociales, únicas y familiar, a través de un sorteo público.
Para ello los posibles adjudicatarios deben reunir ciertos requisitos. El proyecto también apunta a las viviendas cuya adjudicación será directa y abarque a personas con capacidades diferentes, personal municipal y de fuerzas de seguridad. También hace referencia a un sistema de viviendas por comodato para personas mayores de 60 años sin hijos a cargo.

Cabe señalar que la propuesta surge en base a la muy buena experiencia que resultó ser el sorteo de viviendas del Plan Federal (ubicado frente al Corralón) que realizara el Gobierno de Seraci.

Generar transparencia


El proyecto surge en la necesidad de desarrollar un proceso de adjudicación de viviendas que genere transparencia, termine con la discrecionalidad en la entrega de las mismas y reconstruya los lazos de confianza con la ciudadanía.
Debido a que se han firmado diversos convenios celebrados entre el Gobierno Municipal de Carlos Casares con el Gobierno Nacional, como así también planes de construcción de viviendas municipales; con el fin de construcción de viviendas en sus distintas modalidades, concernientes a dar solución a las distintas problemáticas habitacionales de nuestros vecinos.
Que es necesario por ello unificar los criterios de adjudicación implementando una metodología de distribución y adjudicación que se ajuste a las necesidades concretas y diversas de los vecinos, para lograr responder a la demanda con criterio de justicia, igualdad, transparencia, pluralidad y equidad.

Condiciones o requisitos


En su articulado el proyecto establece que los postulantes deben:
A) Carecer de vivienda propia y/o de recursos patrimoniales suficientes que le permitan acceder a la misma en forma particular;
B) Poseer D.N.I. argentino del postulante y del grupo familiar;
C) No ser beneficiario de Planes de Vivienda del Estado Nacional, Provincial o Municipal;
D) Tener una residencia constatable de al menos cinco años en el Partido de Carlos Casares;
E) Certificado Único de Discapacidad (C.U.D.) o certificado nacional de discapacidad o certificado provincial de discapacidad vigentes para acreditar la misma (para el supuesto que se declare a algún integrante del grupo familiar con discapacidad);
Los aspirantes deberán estar inscriptos en el Registro de Inscripción de Aspirantes a Bienes Inmuebles Municipales para Vivienda única y familiar (R.I.A.B.I.M) completando todos los requisitos y documentación necesaria;
Los aspirantes para acceder al sorteo, cuando sean matrimonios o uniones de hecho deberán mantener la misma situación de estado familiar que al momento de la inscripción en el RIABIM. En caso de ruptura del concubinato, o que se produzca separación o divorcio vincular deberán actualizar su situación ante la base de datos del R.I.A.B.I.M -

El Sorteo


El sorteo se llevará a cabo de la siguiente forma:
A) Por orden alfabético desde la Subsecretaria de Acción Social se le entregará a cada aspirante un número de orden para participar en el sorteo que será el número que se encuentra inscripto en el R.I.A.B.I.M .-
En el acto de sorteo se anunciará –previo a cada selección de cupón de la urna-la identificación de la vivienda que se sortea (sea mediante el número con la que se designa o ubicación de la vivienda)
B) Se colocarán dentro de una caja tantos números de órdenes como aspirantes por grupo, doblados y abrochados, de tal manera que no se pueda observar externamente el número de orden que contiene.
C) Una vez efectuado el sorteo público de los pre adjudicatarios titulares, se llevará a cabo por el mismo procedimiento la selección de los suplentes. El número de suplentes será el 20 % del total de viviendas a adjudicar
D) Efectuada la selección por sorteo se procederá a confeccionar un listado de pre adjudicatarios titulares y otro de suplentes, que tendrán carácter público y estarán a disposición para su consulta en la Dirección de Vivienda de la Municipalidad y en la página web oficial del Municipio durante el plazo de 10 días hábiles a fin de que se efectúen las correspondientes impugnaciones y/o el pre adjudicatario solicite su baja por el motivo que exprese por medio fehaciente.

Adjudicación directa


El proyecto prevé también un sistema de adjudicación directa para ciertos casos particulares:
En cada programa de viviendas que el Municipio ejecute sea municipal, provincial o nacional, reservará para adjudicar en forma directa un 5% del total de viviendas entre aquellas familias que se hallen inscriptas en el RUIPABI y algunos de sus integrantes posea capacidades diferentes.
Cuando se trate de programas de viviendas sociales un 10 % del total a adjudicar se destinará para entregar entre los empleados municipales de planta permanente que se encuentren inscriptos en el R.I.A.B.I.M y reúnan las condiciones previstas por la presente norma.- Para el caso que la cantidad de viviendas determinadas por porcentaje no alcance a cubrir los aspirantes se procederá a realizar la selección por sorteo

Cuando en la adjudicación de vivienda se beneficien personas mayores de 60 años sin menores a cargo, tengan o no herederos forzosos, la entrega de la vivienda se formalizará a través de un comodato precario el que estará vigente durante la vida de los beneficiarios y mientras mantengan las condiciones por las que se les adjudico la vivienda. Vencido, la Municipalidad tomara posesión y procederá a una nueva adjudicación.- Dichas viviendas serán escrituradas a favor del Municipio comodante.