Los documentos que pueden usarse para votar

Las autoridades de mesa no podrán permitir el sufragio si el votante presenta un documento "anterior" al que figura en los padrones. Todos los detalles.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) aseguró que a la hora de emitir el sufragio se podrá usar cualquiera de los siguientes documentos:
• el Documento Nacional de Identidad (DNI), tanto la libreta que tiene con tapa verde como así también la que tiene la tapa celeste.

• También podrán emitir su voto quienes se acerquen con Libreta de Enrolamiento;
• Libreta Cívica;
• tarjeta del DNI;
• libreta celeste;
• el nuevo DNI tarjeta.
En el mismo comunicado, la máxima autoridad electoral aclaró que no se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Por ejemplo, si figura que el votante tiene ya en su poder el DNI tapa celeste, no podrá sufragar con el de tapa verde.
En cambio sí se admitirá el voto de aquellas personas que presenten una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón.

Por último, la CNE aclaró que el DNI tarjeta que acompañaba a la libreta celeste y lleva la inscripción que dice, "no válido para votar", también fue habilitado para las PASO y las elecciones generales.